TESTIM0NIO: VISTO: La nota presentada por el Auto Club Balcarce, solicitando la modificación del contexto de arrendamiento del predio de aeródromo local, aprobado mediante Decreto Nº 1054 del 11/05/01, y CONSIDERANDO: Que la Facultad de Ciencias Agrarias ha prestado conformidad a tal pedido. Que el contexto económico actual es notoriamente diferente al existente al tiempo de la celebración del contrato, por lo que resulta atendible la petición en tratamiento. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 90/02 ------------------------------ ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a modificar la ------------ cláusula cuarta del contrato de arrendamiento celebrado entre la Facultad de Ciencias Agrarias y el Auto Club Balcarce, apro- bado mediante Decreto Nº 1054 del 11/05/01, que quedará redactado de la siguiente manera: "CLAUSULA CUARTA: El valor del arrendamiento por hectárea se fija en ----------------- el 30% (Treinta por ciento) de la producción anual de cada uno de los cultivos realizados, puesto sobre camión en cha- cra. El arrendamiento correspondiente al año 2002 se abonará de la siguiente manera: Como anticipo la suma de $ 30.000.-, que equivale a $ 300.- por hectárea. Dicho pago se efectuará en dos cuotas, la pri- mera con vencimiento el 1º de octubre de 2002 de $ 9.000.- (Pesos Nueve Mil) y la segunda el 30 de noviembre de 2002 de $ 21.000.- (Pe- sos Veintiún Mil). El saldo será determinado al finalizar la cosecha. El arrendatario deberá entregar al arrendador el equivalente al 30% de los kilos cosechados, de cada uno de los cultivos, ponderados por la superficie cosechada de cada uno, deducidos los anticipos ya efec- tuados convertidos a kilos de cereal. El precio de referencia asignado al cereal se determina por el precio del Mercado de Cereales de diez días anteriores al efectivo pago de los anticipos, deducidos de gastos de comercialización. A los fines de la reposición fiscal el monto total del presente contrato se esti- ma en la suma de $ 39.000.------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.--------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Se- sión Ordinaria, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil dos. FIRMADO: Martín A. Pérez - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRE- TARIO.---------------------------------------------------------------